Se aproxima la navidad, y la hora de escribirle la carta a los Reyes Magos, pero además
de la familia y amigos, no debes olvidarte de las personas que te ayudan día a día a que
tu clínica dental siga creciendo.
Estas fechas, es un buen momento para agradecer a tus trabajadores su esfuerzo
diario, por ello, casi siempre se suele tener un detalle, bien sea ir de cena con todo el
equipo de trabajo de tu clínica dental, regalar una cesta de navidad a cada uno de
ellos, o tener un simple detalle (tarjeta de regalo…), pero cuando llegan estas fechas y
sobre todo en este momento, os surge la pregunta…
¿Es deducible el gasto de los regalos de Navidad en mi clínica dental?
Para dar respuesta a esta pregunta, tenemos que tener en cuenta que el tratamiento va a ser diferente si eres autónomo (Ley de IRPF) o si tu clínica dental funciona bajo la forma de sociedad limitada profesional (Ley de Impuesto de Sociedades).
Además veremos que ocurre con el IVA de estas compras.
¿Son deducibles si mi clínica dental es una sociedad?
Las cantidades satisfechas por cestas o regalos de navidad SI SON UN GASTO
DEDUCIBLE en el Impuesto sobre sociedades.
Esta ley, dice que son deducibles, los gastos que, de acuerdo con los usos y
costumbres, se efectúen con el personal de la empresa. La agencia tributaria dice lo
siguiente:
“En el caso concreto de las cestas de Navidad, en la medida en que formen parte de los
usos y costumbres de la empresa (es decir, que se repitan en el tiempo), con respecto a
su personal, tendrán la consideración de gasto deducible a efectos del Impuesto sobre
Sociedades, sin que sea necesario que figuren en convenio colectivo o en algún tipo de
pacto que les obligue a ello”.
¿Y si es la primera vez que regalo cesta de navidad a mis trabajadores?, no se
considera una costumbre y por lo tanto NO es deducible.
¿Y si es el primer año de mi clínica dental? Tampoco se debe deducir el gasto, en los
años sucesivos sí, porque se puede demostrar la costumbre.
¿Son deducibles los regalos de navidad si mi clínica dental se gestiona como autónomo?
Si tienes una clínica dental como autónoma, la situación cambia.
Las cestas y regalos de navidad son gasto deducible para la clínica dental, pero tiene el
tratamiento de retribución en especie para el trabajador.
Por lo que los trabajadores, DEBERÁN DECLARARLO en su declaración de la renta.
La clínica dental debe incluirlos en el modelo 111 y 190 entre los rendimientos en
especie.
Si no se hace de esta forma, la factura por la compra de la cesta de navidad, NO SERÁ
DEDUCIBLE
¿Y qué pasa con el IVA de los regalos de navidad en mi clínica dental?
Sabemos que las clínicas dentales están exentas de IVA y que no se deduce el IVA de
las compras, pero muchas clínicas tienen medicina estética, y parte de su IVA
soportado pueden deducirlo, por ello, puede que este punto le interese:
La ley del IVA no permite deducir el IVA de las cestas o regalos de navidad, en
concreto, no permite, la deducción de bienes o servicios destinados a clientes,
asalariados o terceras personas, a excepción de:
Muestras gratuitas
Objetos publicitarios de escaso valor
En cuanto a los regalos publicitarios entregados a clientes y proveedores, para deducir
el IVA, debe llevar de forma visible el nombre de la empresa.
Es decir, si en una clínica que ofrece el servicio de medicina estética, quiere publicitar
este servicio regalando algún objeto a los clientes, puede deducir el IVA de la compra
de esos obsequios, siempre que lleven el nombre de la clínica grabado.
Si necesitas más información o asesoramiento en cualquier área de tu clínica dental, desde Denttax estamos preparados y encantados de poder ayudarte.
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