Operaciones vinculadas. Modelo 232

No son pocas las ocasiones en las que la Agencia Tributaria sancionan a las clínicas dentales por no presentar el modelo 232. Y es que para nuestro asombro, hay muchos doctores que ni siquiera son conscientes de que tienen que presentar esta declaración informativa.

Si tu clínica dental funciona bajo la figura de Sociedad limitada(no autónomo) y el socio(odontólogo) trabaja en ella, se está produciendo una OPERACIÓN VINCULADA entre la sociedad y el socio.
No obstante no todas las operaciones vinculadas te obligan a presentar el modelo 232, sin embargo…

Hay que tener especial atención en este tema porque las sanciones por no presentar el modelo 232 son importantes. 

Te explicamos en este breve artículo, qué es una operación vinculada, cuándo estás obligado a presentar el modelo 232 y cómo se realiza.

¿Qué son las operaciones vinculadas? 

Se consideran operaciones vinculadas a todas las operaciones que se realizan entre personas jurídicas o físicas con un determinado grado de vinculación entre ellas.
En concreto se considera operaciones vinculadas, entre otras muchas, las siguientes;

  • La producida entre una entidad(clínica dental funcionando bajo SL) y sus socios(odontólogo).
  • La producida entre una entidad y sus administradores.
  • La producida entre una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, hasta el tercer grado de los socios o administradores.
  • Dos entidades que pertenecen al mismo grupo empresarial.
  • Dos entidades, cuyo administrador sea el mismo.

En este artículo nos vamos a centrar en la primera de ellas, la operación vinculada que se produce entre la clínica dental(SL) y el odontólogo.

¿Cuáles son las operaciones vinculadas que tu clínica dental tiene que declarar en el modelo 232?

Existen 5 supuestos en los que una clínica dental va a estar obligada a presentar el modelo 232 por las operaciones vinculadas que realiza.

 1. Operaciones vinculadas realizadas con la misma persona o entidad siempre que el conjunto de operaciones en el año supere los 250.000€ de valor de mercado.
 Ejemplo:
– Clínica Dental (sociedad), cuyo beneficio anual es de 350.000 euros, como es Sociedad limitada profesional, el socio ha sido remunerado como persona física en el 75%, con lo cual, cobra 262.500€.

 2. Operaciones específicas, siempre que el importe conjunto de cada una de estas operaciones en el periodo supere los 100.000 €.
Entendemos por operación específicas las siguientes;
2.1) Operaciones con personas físicas que tributen en estimación objetiva que la participación individual o conjuntamente con sus familiares sea ≥ 25% del capital o fondos propios.
2.2) Transmisión de negocios, valores o participaciones en los fondos propios de entidades no admitidos a negociación o admitidos en paraísos fiscales
2.3) Transmisión de inmuebles y operaciones sobre intangibles

 Ejemplo:
– Transmito las participaciones de mi clínica dental a mi hermano por valor de 120.000€

 3. Cuando el conjunto de operaciones realizadas en el periodo impositivo del mismo tipo y método de valoración sea superior al 50% de la cifra de negocios de la entidad, con independencia del importe de operaciones por entidad vinculada.
Ejemplos:
Sociedad que factura 20.000€ al año y que el socio o administrador factura a la sociedad 11.000€ anuales.
– Sociedad con 3 socios que factura 90.000 € y cada socio cobra 30.000€ (la suma de los 3 supera el 50% de la Cifra de Negocios.)

4- Cuando una entidad se beneficie de la reducción del régimen de Patent Box por operaciones con entidades vinculadas.

5 –Cuando, con independencia de su importe, se realicen operaciones o se tenga valores en paraísos fiscales.

¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 232?

Del 1 al 30 de noviembre, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio económico coincidan con el año natural.

¿Cómo tengo que presentar el modelo 232 de mi clínica dental?  

Obligatoriamente debe presentarse por vía electrónica a través de la página de la Agencia Tributaria.

En Denttax, , estamos dispuestos a ayudarte en lo que necesites así como a revisar si en el conjunto de tus operaciones estás obligado a presentar modelo 232 y evitar que  te sanciones por ello. 

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