Si tienes un laboratorio dental y encargas prótesis fuera de la Unión Europea, descubre cuándo están exentas de IVA y qué requisitos debes cumplir para evitar sanciones.


Importar prótesis dentales desde fuera de España: ¿con IVA o sin IVA?

Si eres protésico dental o gestionas un laboratorio protésico, seguro te has hecho esta pregunta:

«¿Debo pagar IVA al importar prótesis dentales hechas a medida desde fuera de la Unión Europea?»

Muchos profesionales dudan al respecto, y con razón. Hoy te lo explicamos con un caso práctico real y una respuesta clara basada en normativa oficial.

El caso: laboratorio dental que importa prótesis desde Colombia o China.

Imagina que tienes un laboratorio protésico en España. En lugar de fabricar las prótesis tú mismo, decides encargarlas a un proveedor especializado fuera de la UE (por ejemplo, en Colombia o China).

Una vez fabricadas, las importas a España para distribuirlas a clínicas y odontólogos.

Aquí surge la gran pregunta fiscal:
¿Debes pagar IVA en la aduana al importar estas piezas?

La respuesta es NO (si cumples con ciertos requisitos)

Según la Consulta Vinculante V2537-22 de la Dirección General de Tributos, no tienes que pagar IVA por la importación de prótesis dentales hechas a medida, siempre que cumplas con lo siguiente:

✅ Requisitos para que la importación esté exenta de IVA

  • Las prótesis deben estar hechas a medida para un paciente específico.
  • Deben estar elaboradas bajo prescripción profesional, normalmente de un odontólogo colegiado.
  • Tú, como laboratorio o profesional, debes estar legalmente habilitado para distribuirlas en España.

En resumen: si ejerces tu actividad legalmente y las prótesis están destinadas a un fin terapéutico, no se aplica el IVA en la importación.

¿Por qué están exentas estas importaciones?

Porque así lo establece la Ley del IVA en su artículo 20.Uno.5º:

“La entrega, reparación y colocación de prótesis dentales realizadas por estomatólogos, odontólogos, mecánicos dentistas y protésicos dentales, así como la importación de estas cuando cumplan los mismos requisitos.”

Además, la Directiva 2006/112/CE de la UE y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirman que la importación debe tener el mismo tratamiento que la venta nacional si el producto está exento en ambos casos.

Caso práctico: laboratorio en Valencia importa coronas desde Colombia

María dirige un laboratorio dental en Valencia. Encarga varias coronas dentales a medida a un proveedor colombiano, siguiendo las especificaciones de un odontólogo español.

Resultado:

  • No paga IVA en la aduana.
  • Puede importar y entregar las piezas a clínicas dentales sin recargo fiscal.
  •  Solo necesita conservar toda la documentación: prescripciones, certificados de fabricación y pruebas de su habilitación profesional.

¡Ojo! No todos los productos dentales están exentos

Esta exención solo aplica a prótesis dentales personalizadas.

Otros productos sí tributan con IVA al importar, como:

  • Implantes estándar (no a medida)
  • Material dental general
  • Equipos y herramientas odontológicas
  • Productos cosméticos (ej. blanqueamiento)

Si cumples los requisitos, no pagas IVA

Si tu laboratorio está autorizado, y estás importando prótesis dentales hechas a medida bajo prescripción, no deberás pagar IVA al importarlas.

Eso sí:

Guarda toda la documentación
Asegúrate de que tus proveedores cumplen los estándares
Y revisa que tu actividad esté debidamente regulada

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