¿Eres odontólogo y tienes tu propia clínica?
Entonces, además de preocuparte por la salud de tus pacientes, también deberías cuidar la salud fiscal de tu negocio.
No cumplir con Hacienda no solo puede salir caro, sino que puede poner en riesgo todo lo que has construido con esfuerzo.
En este artículo, te resumimos de forma clara y directa cuáles son las principales obligaciones tributarias que debes cumplir como propietario de una clínica dental.
Y si sientes que todo esto es un lío, no te preocupes: al final te damos una salida para olvidarte del papeleo sin dejar nada al azar.
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Comunicar el inicio (y cualquier cambio) de tu actividad profesional.
Antes de atender al primer paciente, hay un paso obligatorio: comunicar a Hacienda que inicias una actividad económica. Esto se hace mediante el modelo 036, indicando que ejerces como profesional de la odontología (epígrafe IAE correspondiente).
Pero no basta con hacerlo una vez. Si cambias de domicilio fiscal, te asocias con otro profesional o pasas de autónomo a sociedad, también debes notificarlo.
¿Lo sabías? Muchos odontólogos no lo hacen… hasta que llegan las sanciones.
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Presentar declaraciones y pagar impuestos… según tu situación
¿Trabajas como autónomo o tienes una sociedad? Esto cambia completamente tus obligaciones:
- Autónomos: debes presentar el IRPF (modelo 100) y pagos trimestrales (modelo 130).
- Sociedades: tributas por Impuesto de Sociedades (modelo 200) y pagos a cuenta (modelo 202).
Y si alquilas tu clínica o tienes trabajadores, también estás obligado a presentar modelos como el 115 (retenciones por alquiler) o el 111 (retenciones en nóminas y pagos a profesionales).
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Llevar libros contables y conservar los registros.
Aunque seas autónomo y no tengas que aplicar el Plan General Contable, estás obligado a registrar tus ingresos, gastos y bienes de inversión. Si trabajas a través de una sociedad, deberás llevar contabilidad completa, presentar cuentas anuales y, en muchos casos, inscribirlas en el Registro Mercantil.
No basta con tenerlo todo en la cabeza o en una libreta. Ante una inspección, lo que no esté documentado… no existe.
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Emitir facturas correctamente
Cada tratamiento realizado debe ir acompañado de una factura clara, numerada y bien redactada. Y aunque los servicios odontológicos están exentos de IVA, eso debe indicarse expresamente (artículo 20.1.5º de la Ley del IVA).
Una factura mal hecha puede traerte más problemas que beneficios.
Y no olvides conservar todas, tanto las emitidas como las recibidas.
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Entregar certificados de retenciones a empleados y colaboradores
Al terminar el año, tienes la obligación de entregar a cada empleado y colaborador un certificado con las retenciones practicadas. Ellos lo necesitarán para su declaración de la renta, y tú… para no tener problemas con la Agencia Tributaria.
Este pequeño gesto demuestra profesionalidad, orden y, sobre todo, evita multas innecesarias.
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Estar preparado ante una inspección o requerimiento
Puede que nunca llegue… o puede que sí. Hacienda realiza comprobaciones rutinarias y, si te llega una, debes poder justificar cada ingreso y cada gasto.
Lo ideal no es improvisar cuando ya es tarde, sino tenerlo todo en regla desde el minuto uno.
¿Demasiado para ti? Tranquilo, aquí entramos nosotros.
Ser dentista y gestor fiscal a la vez no solo es inviable, es una receta para el caos.
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