¿Tengo que repercutir IVA?
Uno de los aspectos más importantes a la hora de gestionar un negocio es conocer cómo se tienen que facturar los servicios prestados.
Cómo norma general, cualquier servicio que sea prestado por un empresario o profesional llevará un porcentaje de IVA añadido. Además, cuando el que recibe el servicio es el consumidor final, como es el caso de las clínicas dentales con sus pacientes,el hecho de que el precio se le tenga que incluir el IVA influye notablemente en la rentabilidad de la clínica dental. Esto es porque el IVA aunque teóricamente lo paga el cliente, al final es el empresario el que termina soportándolo para poder conservar precios competitivos.
En ese sentido… ¡¡LAS CLÍNICAS DENTALES ESTÁN DE SUERTE!!
Los tratamientos dentales están exentos de IVA. Lo que significa que los servicios se facturan sin IVA. El 100% de lo que paga el cliente corresponde efectivamente al valor del servicio y no se tendrá que pagar trimestralmente nada a Hacienda en concepto de IVA. Esta exención viene regulada por el artículo 20, apartado uno, 5º de la ley de IVA en la que se establece lo siguiente:
«Estarán exentas las prestaciones de servicios realizadas en el ámbito de sus respectivas profesiones por estomatólogos, odontólogos, mecánicos dentistas y protésicos dentales, así como la entrega, reparación y colocación de prótesis dentales y ortopedias maxilares realizadas por los mismos, cualquiera que sea la persona a cuyo cargo se realicen dichas operaciones.»
Muy importante tener en cuenta que al igual que no tienen que repercutir IVA en sus servicios las cuotas soportadas de IVA en las compras NO SERÁN DEDUCIBLES.
Pero… ¿Todos los tratamientos dentales están exentos de IVA?
La respuesta es No.
Hay ciertos tratamientos o servicios que pueden ser prestados por odontólogos y que sí estarán gravados por el 21% de IVA. Dentro de esta categoría encontramos los tratamientos con fines estéticos y los informes periciales o certificados médicos realizados con el objeto de realizar un seguro de vida o para ser presentados en procedimientos judiciales. Los ejemplos más comunes de tratamientos con fines estéticos son los de aplicación de ácido hialurónico para el relleno de labios o aplicación de plasma celular a nivel facial con fines estéticos.
Cuando en una clínica dental se prestan simultáneamente servicios exentos de IVA y servicios no exentos, entramos en lo que se conoce como prorrata de IVA. La prorrata de IVA permite que la clínica pueda deducirse un porcentaje determinado del IVA de sus compras.
Desde Denttax estamos continuamente buscando las mejores alternativas para que tu clínica pueda deducirse parte del IVA de sus compras mediante el uso de la prorrata. Ponte en contacto con nosotros y estudiaremos tu caso de forma personalizada.